Si eres de los que sueles usar tu trípode tranquilamente cuando vas a fotografiar por la calles de tu ciudad, ándate con ojo. No vaya a llegar a llegar la autoridad correspondiente y te estampe una multa. Resulta que esto se conoce como ocupación temporal de la vía pública y está regulado en algunas municipios. Así que te contamos qué debes tener en cuenta y evitar futuras situaciones desagradables.
Ya desde hace varios años se viene aplicando esta curiosa aunque desconocida normativa sobre el uso de trípodes en la vía pública de alguna de nuestras ciudades españolas (al menos Madrid y Barcelona, según me consta, pero seguramente entre todos podremos aportar más datos de otras ciudades, en algunas otras está directamente prohibido).
La cuestión estriba en que en el momento de “posar” un trípode en una vía pública estamos realizando una “posible” ocupación de la vía pública. Hecho que, puede estar regulado (o no) por las ordenanzas municipales de turno. Dichas ordenanzas pueden requerir la realización de algún tipo de trámite administrativo previo y, en ocasiones, puede llevar acompañado el pago de la correspondiente tasa, aunque suele ser en casos donde se demuestre que es un proyecto comercial.
En este artículo no entramos en el apartado de los derechos o no a realizar fotografías, o sobre que aparezcan personas mayores o menores de edad en ellas. Para ello puedes consultar el artículo de nuestro compañero Santiago Díaz al respecto de ése y otros asuntos legales: Legalidad: derechos de captación, de autor y de imagen
Ocupación de vía pública: Qué es
Todos conocemos supuestos que conllevan el concepto de ocupación de vía pública: Utilizar un contenedor de obra, los puestos del mercadillo del sábado o las terrazas de los hosteleros, serían ejemplos que todos conocemos. Puede ser que pienses que el hecho de posar un trípode para realizar una sesión de fotos en la vía pública (esa que consideramos de todos) no lleva aparejado ningún tipo de solicitud o tasa. Como nos decían de pequeños (al menos a mí) : “La ignorancia no te exime del cumplimiento de la Ley”. Si está regulado, te guste o no te guste, deberás realizar los trámites oportunos. No queda otra.
Un ejemplo: tengo entendido que en algunas ciudades de Italia no se puede usar tripode en los sitios turísticos por considerarse haber supuestamente establecido una estructura ilegal en la zona. Cuestión que vi de primera mano en Florencia durante un viaje en diciembre de 2006 donde a un turista la policía le hizo guardar el trípode.
Conviene también distinguir la diferencia entre vía pública y otros términos. Para ello nada mejor que este párrafo de Ángel Benito en Bloguismo.com:
Ocurre también que con bastante frecuencia confundimos “vía pública” que son espacios que pertenecen a todo el mundo, al común de los vecinos, que casi es lo mismo que decir “que no pertenecen a nadie”, confundimos como digo “espacios de dominio público” con “lugares de pública concurrencia”. El hecho de que pueda llegar a haber mucha gente en un determinado sitio, no le otorga el carácter de “público”. En espacios de “pública concurrencia” seguiremos sometidos a lo que haya establecido el propietario de ese lugar o el organizador del evento sobre la toma de fotografías. Imaginad por ejemplo una galería de arte, un festival de música en una sala de actos, un bar, etc.
Fuente: Bloguismo
Ejemplos
Veamos dos ejemplos donde se gestiona de una forma diferente este aspecto de la ocupación de vía pública en cuanto a la toma de fotografías.
En Madrid existe un trámite denominado Trámite de Rodajes cinematográficos, documentales y reportajes. Acto comunicado. Dicho trámite especifica que sirve para “aquellos casos en que el rodaje, aún necesitando la acotación de una pequeña superficie en espacios destinados al tránsito de peatones, no necesite la utilización de equipos electrotécnicos, no dificulte la circulación de vehículos y peatones y el equipo de trabajo no supere las quince personas” y cuyos destinatarios son “Cualquier persona física o jurídica que pretenda grabar o realizar fotografías en la vía pública, y que precise realizar una ocupación en la misma que exija acotación”. Afortunadamente, el trámite ahora mismo ya se puede realizar online sin requerir ir a la correspondiente oficina del Negociado de Autorizaciones de Rodajes y presentar el formulario. Eso sí requiere el uso del certificado electrónico del solicitante.
En Barcelona, se plantea un modelo distinto donde se presenta una solicitud de autorización que es otorgada por la entidad Barcelona – Catalunya Film Commission. Para lo cual hay que rellenar los dos formularios necesarios de Solicitud de Espacio y Registro de producción. Después son ellos los que evalúan lo que indicas que vas a realizar y emiten o no el permiso/autorización correspondiente que te hacen llegar vía correo electrónico, el cual es suficiente para mostrar a la guardia urbana de Barcelona y evitar los problemas correspondientes.
En todo caso, si el uso es no comercial hazlo constar claramente para no tener que pagar unas tasas adicionales. También es posible realizarlo desde el portal de trámites en el siguiente link, que requiere el uso del certificado electrónico del solicitante. En cualquier caso he querido consultar las opciones que indican en su web sobre uso de espacios gratuitos y de otros con condiciones especiales pero no aparece información alguna al respecto.
Qué se debe y no se debe hacer nunca
No se debe: Interrumpir un paso de peatones o interrumpir el tráfico poniendo en peligro a ti mismo, tus colaboradores o al resto de ciudadanos, por ejemplo. Actitudes como ésas son las que a veces llevan a regular y aplicar las normativas.
Se debe: hacer un uso racional de dicha ocupación de vía pública. Un poco de sentido común no viene mal nunca.
En resumen
Respeta la norma o normas que haya en el lugar. Al igual que cuando vas al campo debieras cuidar el entorno y tratar de dejarlo tal como se encontraba para causar el menor impacto ambiental (algo que vemos con buenos ojos casi todo el mundo) a la hora de realizar fotografías en la vía pública haz lo mismo.
Recuerda: En ocasiones las administraciones públicas tienen ordenanzas municipales que regulan aspectos como el tratado en este artículo u otros que pueden afectarte a la hora de tomar fotografías. Conviene que te informes de lo que dicen dichas ordenanzas para saber los derechos y las obligaciones que tienes al respecto. Normalmente buscando en la web del ayuntamiento de turno por el término “ocupación de vía pública” puedes encontrar la ordenanza correspondiente que te indicará que se considera ocupación de vía pública, por lo que en caso de tener que realizar algún trámite podrás realizarlo. Ya, en algunos casos, incluso podrás realizar el trámite desde la propia sede electrónica municipal sin tener que realizar el desplazamiento.
Como hemos podido ver, existen dos formas principalmente de gestionar este asunto por parte de las administraciones públicas. La primera, se refiere a comunicar el acto de la realización de las fotografías y el equipo a utilizar y la segunda, la solicitud de un permiso que no siempre es concedido. Esta segunda, suele llevar aparejado, el abono de una tasa adicional si la actividad se considera comercial.
Pienso, en mi humilde opinión personal, que de hacerse de alguna forma debiera ser la primera forma (comunicación del acto) acompañado de una declaración del sujeto solicitante indicando que no se va a cortar tráfico además de no impedir la libre circulación de personas. Al menos en el caso de aficionados. Seguramente en el caso de aquellos que seais profesionales presentando un proyecto comercial, el tener que abonar una tasa adicional en algunos casos puede conllevar el no realizar el proyecto. Todo dependerá de la cuantía de la misma.
A modo de reflexión: ¿Basta la palabra del propio fotógrafo o se considera que es comercial por el uso de llevar trípode? A veces puede parecer un poco absurdo que el uso de trípode o no determina la supuesta profesionalidad o uso comercial de la sesión.
Como suele pasar de forma habitual en la legislación, ésta se encuentra sujeta a interpretación de las partes. Probablemente tú puedas considerar que el hecho de usar un trípode durante unos minutos no supone ocupación alguna de la vía pública, pero si la norma lo recoge así y, además, la autoridad competente (que suele ser la policía local o autonómica) te lo advierte deberás hacerles caso para evitar males mayores. En muchas ocasiones, donde se requiere el permiso, pueda bastarte el decir que no lo sabías pero no descartes la posibilidad de una sanción.
Más información | Trámite de Rodajes cinematográficos, documentales y reportajes. Acto comunicado (Ayuntamiento de Madrid) | Solicitud de Espacio para toma de fotografías en Barcelona
Legislación | Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del derecho al honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen | Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor (artículo 4.3)
En Xataka Foto | Legalidad: derechos de captación, de autor y de imagen
Fotografía de portada | Carl Drougge
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27 comentarios
raulmateosfotografia
Esto es un ejemplo más de lo absurdo que se está volviendo este mundo, lo mires por donde lo mires. Normalmente si eres aficionado no vas a plantar el trípode donde haya mucho tráfico de personas (que es donde se molesta de verdad) porque mas o menos quieres una foto despejada. Si es con fin comercial/profesional es todavía más importante controlar ese aspecto.
65652
La ocupación de la vía pública implica la utilización intensiva del dominio público, lo que no sucede con el plantado momentáneo de un trípode para tomar una fotografía. Puesto que la interpretación contraria nos haría llegar al absurdo jurídico de hacer pagar las tasas correspondientes por idéntica ocupación de vía pública al dejar unas simples bolsas de la compra en el suelo porque su porteador está cansado... Saludos
manucf
En Bilbao parece que no se contempla (menos porque, porque si no sería un ilegal y un delincuente...):
http://www.bilbao.net/cs/Satellite?cid=3000072233&language=es&pagename=Bilbaonet%2FPage%2FBIO_Listado
Juan E. Trujillo
Si ocupas un lugar para hacer algo con una cámara, fotografías y cosas que enriquecen la mente, te multan. Por otro lado, si un tipo con capucha en la cabeza esta vendiendo cocaína en plena vía de peatones no le dicen ni pio, y se mantiene todo en secreto.
63421
En el metro de bilbao me prohibieron hacer fotos con el tripode. Cuando les dije que no pasaba nada que lo guardaba me prohibieron seguir haciendo fotos xq el hecho de usar tripode te convierte en profesional y los profesionales tienen que pedir un permiso especial para realizar las fotos en el metro!
Que vergüenza....
spaik
Si vas con un monopode y te lo apoyas sobre el pie, también te multan?
No, ahora en serio, tiene sentido que esté regulado, pero dentro de unos limites de lo razonable.
mallorcaxisco
Al hilo del tema, recuerdo una vez haciendo una fotografía a una "persona estatua de barro" en la vía pública recibí insultos por parte de ésta, al no dejarle ninguna moneda a cambio. Las fotos las estaba haciendo sin trípode. La estatua estaba sobre un sofá en la vía pública de la Plaza Mayor de Palma. A continuación, enfurecido me dirigí a un grupo de municipales, y les comenté el incidente, además de preguntarles si por estar ejerciendo una explotación económica y ocupar espacio en la vía pública, no necesitaban un permiso por parte del Ayuntamiento. La respuesta fue NO. Y encima noté un tono burlesco de los agentes hacia mi, por haberles planteado esa cuestión. Y luego se meten con los pobres aficionados a la fotografía. Lamentable.
gorotechno
Pues a ver si se preocupan de multar los coches subidos a la acera, que mi calle es de esas en que la policia solo pasa en fiestas para sacarse un dinerillo, aunque ultimamente ni eso!
55962
Era ya lo que me faltaba. Una cosa es necesitar autorizaciones o permisos en el supuesto caso que se comenta de ir a utilizar una zona para uso comercial o particular, impidiendo durante un cierto espacio de tiempo la circulación de personas o vehículos de manera normal y otra que pongas el trípode dos minutos para sacar unas fotos y que la gente lo tenga que esquivar, nadie se muera por rodear un trípode o esperar un minuto a no pasar para dejarte sacar una foto. Dentro de nada pondrán también límites de velocidad de circulación peatonal por la aceras y todo... Esta visto que hay que chupar y sangrar al ciudadano por donde sea!!!
painter
A mi me parece bien (solicitar permiso, no el tema de las tasas, ojo).
Vamos a ver, pensemos que esto realmente a quien aplica es a los que pueden llegar a "molestar" de verdad. A un fotógrafo que va por la calle, se para un segundo, echa un par de fotos y ya está, no tiene sentido.
Ahora, yo he participado en quedadas fotográficas grandes, y si 40 personas se paran en la Calle Preciados y abren sus trípodes (caso real), ahora qué pasa? molestamos a no?
dredd77
Yo no sabía nada sobre normativas para colocar trípodes en la vía pública, para realizar una foto nada más, mi sentido común me dictará siempre donde molesto a los viandantes y demás concurrentes y donde no, de lo que si me quejo en mi ciudad, logroño, es de que ciertas normativas municipales son, a juicio de la autoridad, más dañinas que otras. Por ejemplo existe una fobia colectiva acerca de los animales de compañía, recuerdo de cuando se generó mucho alarma social sobre los perrros, pero por el contrario existe una máxima permisividad, ante actitudes mucho menos cívicas y sucias, como es el tan querido botellón, pues no hay día de la semana en que los restos de dicho vandalismo se dejen de ver por muchos parques públicos, el civismo no siempre se mide igual para todos. En muchos locales públicos, iglesias y otros en donde he querido colocar el trípode alguna vez he preguntado siempre antes de hacerlo a quien correspondía en cada situación y con educación te abren todas las puertas. Otra cosa es si estoy en mitad de un acto público, carrera, presentación o similar y decenas de personas, casi ninguna profesional, quieren o queremos hacer la misma foto de algo, dichos abusos siempre los evito, salvo que esté trabajando y sí necesite la foto, entonces intento siempre educadamente indicar a quien o quienes peor situados estén o más incomoden mi trabajo o el de otros cómo pueden evitar un problema y ofreciendo siempre salidas para que dichas personas se lleven la misma foto o muy parecida, por desgracia pocas veces esa misma educación que sirve para vigilantes y/o servidores públicos, es útil con turistas o interesados en sacar cierta imagen aun sabiendo que están molestando a otras personas en su trabajo. Todo va en función de la educación y el respeto que tengan las personas hacia las que van las preguntas o las sugerencias.
oscarmartinlp
Hace tiempo hice una explicación parecida para unos amigos: http://www.fotograncanaria.com/foro/index.php?topic=2919.msg24878#msg24878
Pero básicamente, el problema reside en que la normativa no se ha actualizado con los tiempos. Fíjense que hablan de "rodaje cinematográfico". Y básicamente, se refieren casi a las épocas en que llegabas con una "roulotte", generadores... y molestabas en la vía pública.
Simplemente, hay que modernizar la legislación. Madrid, tiene un ejemplo claro, con su documento de "Acto comunicado".
Saludos, Oscar
Natan Valencia
Todo depende de lo absurdo y prepotente que sea el político de turno.
Si él cree que molesta, pues pone la ley; si él hace fotografía, no pone la ley. Y si no averiguad qué pasa en Barcelona si tienes un comercio y quieres decorar la pared o la persiana con un grafitti bien hecho por un grafitero: multa al canto y a taparlo.
Respecto a política vemos tonterías todos los días, esta no tenía porque ser una excepción ...
javicon
¿Las tasas por usar un monopié son un tercio de un trípode? También se tiene que pagar si uso un mini trípode para mi compacta? A que punto hemos llegado...
germanfotografo
lo siento pero todavía nadie me lo ha explicado de manera que pueda entenderlo... dentro de nada tendremos que pagar por respirar... estamos involucionando a pasos agigantados. Vaya mundo que les dejamos a nuestros hijos, que desastre. La crisis no es sólo económica.
www.germanfotografo.com
oscarmartinlp
A ver, yo vuelvo a repetir que creo que es sólo una falta de actualización de la legislación. No del RD, sino de la propia legislación local, que si miramos la de cada municipio, vemos que se adapta el "uso del suelo público" a sus especiales características: los que tienen una historia de mercados, pues en la línea de la manipulación de alimentos, eliminación de residuos, etc; los que tienen una historia de fiestas populares, pues en esa línea.
Yo les rogaría que la buscasen, suele ser fácil "rodaje cinematográfico" y su municipio. Si aparece así.... "rodaje cinematográfico", pues ya indica que se refiere a términos antiguos.
Y volvamos a colocarnos en la época de la legislación.... rodajes de cine y fotógrafos de carrete, que no iban en plan strobist o con mas medios, uno o dos paraguas.
Ahora, los medios han cambiado y podemos ir con un equipo menos voluminoso, que puede consistir en dos o tres pies de fotografía, cada uno de un metro cuadrado... que es un espacio irrisorio, comparado con lo que usaba anteriormente.
La legislación, debe adaptarse a eso y en poblaciones en las que hay mas movimiento, las actualizaciones son mas evidentes.
Y he de decir, que SI hay reglamentación en Bilbao, referente a este tema: http://www.bilbao.net/cs/Satellite?c=BIO_Procedimiento_FA&cid=1279101341013&language=es&pagename=Bilbaonet%2FBIO_Procedimiento_FA%2FBIO_Procedimiento
Pero vean que es una normativa ya evolucionada, ya habla de "profesionales", habla de una actividad comercial, etc.
Que ocurre con los amateurs?. Pues siempre queda el "acto comunicado", que no cuesta nada hacerlo.
Hacerlo siempre?. Vamos a ver, yo lo hago cuando voy a estar un ratito en una localización y puedo molestar.
Y os pongo un ejemplo... http://www.flickr.com/photos/oscarmartinlp/6613199359/in/set-72157628586828943
En esa calle peatonal, había un par de pies a cada lado, cámara en el centro. Sólo estábamos la modelo, otro fotógrafo y yo. Un par de mochilas y poco mas, pero los peatones que venían por ambos lados de la calle, cortesmente se paraban y nosotros, cortestmente, parábamos y esperábamos.
Pero soy consciente, que obstaculizamos el paso. Y casualmente, para esa sesión no hice el "acto comunicado", porque fué itinerante y no tenía claro que fuéramos a usar ese sitio, pero si volviera... tengo claro que lo haría.
Espero haber aclaro algo mas el tema y haber servido de ayuda.
Saludos, Oscar
47469
El link para pedirlo online en Madrid está roto, pero además parece que es toda la página... :|
65670
Si hay ley hay trampa, ejejejej, en roma esta prohibido usar tripode, yo usaba la mochila, como no esta recogido no me podian multar asin que me harte de hacer fotos delante de la policia, por cierto, para mas inri en roma hay grandes mercadillos de venta de tripodes.
Oscar Arribas
Video curioso sobre el tema http://www.youtube.com/watch?v=FJH9F7Hcluo