Últimamente se han producido en España una serie de sentencias sobre casos de uso de fotografías sin conocimiento del autor que han originado una cierta preocupación en fotógrafos, ya sean profesionales o no. Esto es debido a que las sentencias manifiestan que fotografiar la realidad no tiene carácter de "obra" sino de mera fotografía. Esto deja al autor en una total indefensión en cuanto al derecho al honor y al resarcimiento económico por el uso sin conocimiento de sus fotografías, o sea, por un uso unilateral sin acuerdo previo tanto del precio de la fotografía, como del reconocimiento del autor, o de que el autor pueda elegir dónde se puede o no usar su obra.
Se basa en que existe en España una doble condición legal, que por una parte protege la fotografía como una obra, pero que introdujo en 1987 el término de mera fotografía, intentando distinguir aquella foto obtenida mediante un esfuerzo creativo y artístico por parte del autor respecto a la fotografía mecánica y sin creatividad, quitándole a ésta el carácter de "obra", reduciendo además la duración de los derechos del autor a autorizar su uso, explotación y comunicación pública a 25 años (mientras que para la obra es de 70 años después de la muerte) y quitando (y esto es lo más importante) los derechos morales y de algunos de los de explotación del fotógrafo. Al perderlos, se permite la modificación de la obra sin ninguna restricción, con lo que ello conlleva. Además de no tener derecho al reconocimiento público.
De hecho, se crean situaciones de agravio comparativo puesto que un folleto de una mampara de baño tiene reconocimiento de obra, mientras que una fotografía, si se considera una mera fotografía pierde todos los derechos. Podéis ver una foto de Oriol Alamany en su blog que se declaró en una sentencia como mera fotografía, cuando realmente creo que claramente es una obra de arte. Como bien dice, es increíble que en la ley no se considere la "mera literatura" para referirse a un folleto por ejemplo. Parece claro que el legislador quiso introducir el término para no proteger fotos realizadas por mecanismos automáticos (por ejemplo un radar o una cámara de túnel), pero esto está siendo aprovechado por editoriales sin escrúpulos para beneficiarse económicamente.

En una sentencia producida en España en 2005, se llega a decir que la famosa foto "El Beso" de Dosnieau podría ser considerada mera fotografía si fue tomada en un momento casual al azar, y no una foto preparada. El autor tuvo en 1992 que declarar quienes eran los protagonistas de la foto (que había mantenido en secreto para hacer suponer que la imagen era casual) porque empezó a haber personas queriendo reclamar derechos de imagen.
El problema, como suele ocurrir en muchos aspectos legales, es que la meción a la mera fotografía es un término subjetivo, e interpretable por tanto por el juez, que al no estar basado en datos objetivos, deja al fotógrafo indefenso a lo que considere el juez de turno. Porque, ¿si yo coloco el flash rebotando hacía el techo o hacía otro lado, o usando un reflector, o colocando a una persona de una u otra postura no estoy de hecho haciendo un esfuerzo creativo? ¿En base a qué pruebas pueden los abogados que se están aprovechando de esto demostrar que la foto no lleva un esfuerzo creativo? ¿Alguien se puede meter en la cabeza del fotógrafo para averiguarlo?
En base a todo esto, una serie de fotógrafos han publicado un manifiesto al que todos os podéis adherir online. Se encuentra en Fotografía Natural, el blog de Oriol Muntané, en el siguiente enlace. Esta es una batalla contra aquellos que quieren abusar de las leyes vigentes y ganar dinero a costa del trabajo de los demás. Así que no dudéis en sumaros si lo veis igual que yo.
Más información | Ley de propiedad intelectual , Artículo 128 También | Artículo sobre sentencias respecto a la LPI, incluyendo una sobre fotografía
Ver 5 comentarios
5 comentarios
WasabiNoise
Este país es una pesadilla… con la mala gestión de los derechos musicales lucrándose quien menos lo necesita, pagando siempre los mismos los platos rotos y ahora esto.
Paradógicamente a los que nos gusta la fotografía urbana sabemos lo complicado que es captar "la realidad", además de ser una ley que va en contra de la proliferación de la cultura.
Deberíamos hacer más ruido en esto, no hay una imagen para colgar en flickr y hacer un llamamiento para firmar el manifesto?
jangel
****** Editor: Lo siento pero para consultas que no tienen que ver para nada con el post ya existe el formulario de contacto
javierizquierdo
Lamentable y muy antijurídico el asunto por la jurisprudencia que sienta. Grandes empresas y meros fotógrafos como parte débil a los que la justicia no protege, prevaricación fotográfica parece. El manifiesto es suscribible.
Salud y saludos.
48193
No se puede hacer nada, porque ningún gobierno va a molestarse en rehacer la ley si no hay entidades con € y apoyo político (osease, ser primo-de/hacer ganar dinero al político x de forma indirecta y legal) en plan SGAE. Fijaros que con la SGAE rápidamente se cambió lo que hizo falta y se reinterpretó lo que fuera necesario (inclusive financian cursos para jueces, algo preocupante), una entidad poderosa con muchísimo capital y con contactos puede hacer eso y un puñado de tipos haciendo clicks en una web encima no vale nada, excepto quizás si se hiciera con el DNI electrónico.
Soy pesimista en ese aspecto, pero por algo se como se hace un Real decreto en España y también se que no es prioridad alguna porque hacer cualquier reforma de ley se tarda mucho tiempo y quitaría a otras reformas "más importantes". Si alguna vez tubieran que poner un canon a las cámaras fotográficas por poder copiar obras, te aseguro que en dos días estaba todo preparado, pero si somos autorcillos como nosotros, no hay nada que hacer.
48193
Oops "tuVieran" no tubieran :S
Aun así me parece una buena iniciativa para empezar.