Es una pregunta que mucha gente se hace y que yo mismo me he hecho alguna vez, pero que en mi caso concreto no ha sido ningún quebradero de cabeza, puesto que tengo un punto de vista algo peculiar sobre asuntos como estos. Pero hay gente que vive de la fotografía (no es mi caso) o aspira a hacerlo, y no sabe muy claro que es lo que puede o no puede exigir sobre su trabajo. Tal vez el primer paso sea el mas obvio, pero también el mas difícil de decidir. No es otro caso que los términos de licencia que pretende definir sobre su trabajo. Si nos vamos a decantar por un Copyright, Creative Commons o Copyleft (desconozco si existen más, diría que no).
Aunque tristemente existan absurdas rencillas (que si, las hay) para erigirse como el súmmum de la protección, la decisión final radica en un acto de reflexión interna tras conocer todas las posibilidades que nos ofrecen. Pero nunca está de más dar unas pequeñas pinceladas que nos ayuden a saber que derechos tenemos después de haber tomado nuestra elección y que acciones podemos iniciar ante una violación de dichos derechos.
Otro punto importante sobre el cual incidir radica en el tremendo auge que ha habido y está habiendo de los servicios online para la difusión de fotografías. En un momento dado, una comunidad como Flickr (personalizo, puesto que es la que utilizo y la que mejor conozco) puede parecer una oda a la libertad, y volvemos a caer en la mala costumbre de que en Internet todo vale, y aunque parezca que no, tenemos cierta defensa sobre las fotos que publicamos y podremos actuar en caso de darse una apropiación indebida.
Ante todo dejar claro que no soy ningún abogado ni nada que se le parezca, por lo que puede que haya recovecos legales que pase por alto. A grandes rasgos, podríamos decir que existen dos grandes grupos, los fotógrafos que se ganan la vida (o lo intentan) con su buen hacer y los que simplemente lo practican como un mero hobby a modo de válvula de escape (lo cual no quita para que te guste que reconozcan tu trabajo e incluso puedas llegar a venderlo).
El primer grupo por norma general, si se acojen a la ley de propiedad intelectual como tal, la fotografía, aún siendo un ente abstracto que a priori puede resultar un simple trozo de papel que no vale más que los materiales que lo componen, es recogido por la ley como una variante del arte y como tal susceptible de ser reclamada su autoría. Al definirse un propietario de la misma, este será el que tendrá la última palabra sobre como distribuirla.
Se puede llegar a un acuerdo comercial, con una determinada publicación para permitir el uso de una foto o fotos en concreto y por norma general, el derecho a uso de la misma se limitará única y exclusivamente a lo que ambas partes consideren oportuno, debiendo llegar a un nuevo acuerdo si la parte contratante (¿de la primera parte?) decide volver a utilizarla.
Las variaciones de estas pinceladas generales serán según el tipo de propiedad intelectual a la que nos acojamos, permitiéndonos reclamar nuestros derechos ante la ley si consideramos que estos han sido vulnerados. Una vez definida la autoría sobre una fotografía o conjunto de fotografías, el autor dispondrá de dichos derechos durante toda su vida y hasta 70 años después de su muerte (pasando los derechos a familiares más cercanos).
Pero en casos como estos, la ley vigente española protege convenientemente dichos derechos, lo que realmente muchos desconocemos son los derechos que se posee sobre una fotografía publicada en una red social. Si sois usuarios habituales de Flickr seguramente conoceréis los diferentes grados de propiedad que podemos definir sobre una foto, pero lamentablemente muchos pueden pensar que al estar en Internet, se puede hacer el uso que queramos de la misma y esto no es así.
Flickr pertenece a Yahoo y esta tiene una serie de reglas muy estrictas sobre estas cuestiones. Se deberá respetar siempre lo decidido por el autor, y si se detecta que un usuario de la misma red hace un mal uso de las imágenes de otro usuario puede tomar cartas en el asunto. El problema podría radicar en que ocurre cuando “el ataque viene de fuera de nuestras fronteras”.
En casos como estos Yahoo habilita un canal para el usuario donde dejar constancia de dicha vulneración y promete actuar en consecuencia a lo que haya acontecido. En concreto pone a disposición del usuario un formulario de contacto con el cual reflejar su queja. Esto es en el caso concreto de Flickr, un servicio muy popular, y sobre el cual muchas veces no sabemos a ciencia cierta hasta donde llega nuestra posibilidad de reclamar.
Voy a finalizar dejándoos un par de enlaces donde investigar más sobre el tema. En la famosa aldea global, a veces resulta complicado reclamar tus derechos, no siempre podremos ganar la batalla, pero nunca esta de más conocer un par de pasos que dar en caso de ver vulnerada nuestra creatividad.
En Foro Punto | Propiedad intelectual y derechos de autor en la fotografía
En Flickr | Infracción de propiedad intelectual y de propiedad industrial
Imagen | galería fotográfica de Sweet Cheek Willies
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