Nos llega la noticia de que el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el fotógrafo Daniel Virgili cuyo trabajo – publicitario – ha sido considerado “mera fotografía” y no “obra fotográfica”, permitiendo a United Biscuits que siga lucrándose con las imágenes gratuitamente a pesar de que ya ha finalizado el contrato firmado entre las partes.
Antes de nada, y si me lo permitís, me gustaría dar mi opinión y dejar claro que lo que no me parece normal es que la justicia se permita lujos tan peligrosos como valorar algo que escapa a su área de conocimiento, decidiendo qué es o no es original (esto está en la ley), o que confunda cosas como originalidad y creatividad artísticas. Y puestos a polemizar, me atrevería incluso a apuntar que este caso responde a una realidad, y es que día a día la fotografía es menospreciada con más frecuencia por mucha gente.
Como ya hemos explicado anteriormente el tema de derechos de autor en detalle, no vamos a repetirnos, pero sí es necesario recordar que respecto a esta materia, la ley española (LPI) ciertamente hace una diferenciación entre “obra fotográfica” y “mera fotografía” (o “simple fotografía”), aplicándole un trato diferente. Pero, ¿qué diferencia hay y de qué depende?
Una obra fotográfica estará protegida siempre a todos los niveles, siendo éste el caso donde la ley es más estricta, y se considera como cualquier otro tipo de obra salvo por los aspectos inherentes a su reproductibilidad. Sin embargo, una mera fotografía no disfruta de los derechos morales con los que sí cuenta una obra, aunque mantiene los de explotación (económicos), como es lógico, si bien parece que de una manera más limitada.
Se considera que una obra fotográfica debe tener originalidad y expresión formal, mientras que la mera fotografía sólo la segunda. Y aquí viene el principal problema, que es la interpretación de esto, que en este caso creo que el juez se ha tomado muy a la ligera. ¿Acaso alguien puede afirmar con rotundidad que la lata de sopas Campbell’s no es una obra de arte?
Quizá el problema en este caso sea de los medios que, quizá por el enorme desconocimiento que existe sobre la materia, se quedan en el titular y no nos dicen en ningún caso cuáles son las circunstancias concretas de tal recurso: condiciones del contrato, período de utilización de la imagen (si supera los 25 años), etc.
De todos modos, y dejando el tema de la originalidad a un lado, si lo analizamos desde un punto de vista lógico, creo que la gran mayoría estaremos de acuerdo en que no tiene ningún sentido permitir que una empresa no respete un contrato y se vaya “de rositas”, si tenemos en cuenta que los contratos para encargos de fotografía profesional se establecen siempre en función de y delimitando los usos que se les podrá dar a las imágenes, incluyendo el ámbito geográfico y de formatos, así como las duraciones. Todo lo que se salga de ahí irá en contra de la ley, salvo que se renegocie por ambas partes.
¿Hace falta que se trate de una obra de arte con toda la originalidad del mundo para que reconozcamos ciertos derechos de explotación a una fotografía? Yo creo que no, y lo digo con la ley en la mano (artículo 128), pues nadie puede negar que una fotografía de publicidad tiene expresión formal (de hecho la están calificando de mera fotografía), y si la empresa que la ha contratado la sigue usando en sus campañas será porque expresa lo que buscan y cumple su función perfectamente. Por tanto, ¿qué razonamiento se sigue para decidir que este fotógrafo no tiene derecho a lo que reclama?
Quizá deberíamos preguntarnos con qué objetivo se recogió esa diferencia en la legislación y cómo se está aplicando en la práctica. Yo creo que independientemente de que consideremos una imagen como obra fotográfica o como mera fotografía, sus derechos económicos deberían ser respetados, y tampoco entiendo por qué la ley estipula un período de vigencia para las meras fotografías de 25 años en lugar de los 70 para las obras. Y vosotros, ¿qué opináis?
Vía | Cadena Ser
En Xataka Foto | Legalidad: derechos de captación, de autor y de imagen
Foto | Vicente Villamón
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giuseppe_foto
Efectivamente a veces nos falta información para emitir un juicio, como sí lo ha hecho el Supremo. Cosa que por otro lado hace que se me pongas los pelos de punta. Últimamente (nada relacionado con la fotografía) algunos tribunales dictaminan cosas confusas. Yo creo muy poco en la Justicia, sólo creo en el poder. O al menos es lo que el día a día me hace ver en los telediarios.
La Fotografía es cierto que no atraviesa su mejor momento y con la popularización de la misma la cosa no va a ir a mejor. Los profesionales llevan tiempo luchando por su Arte y se siguen llevando muchos palos.
Alfonso Dominguez
No entiendo demasiado del tema pero si había un contrato, y en el mismo se estipula una duración para el uso de dichas fotografías y ha finalizado ... blanco y en botella...
... pero vamos habría que conocer todo el contrato, que como bien apuntas Santi, no nos dan esa información por lo que poder expresar mi opinión se queda en pura hipótesis. Lo mismo ni es culpa de los medios y no han tenido acceso a la sentencia completa (habría que entenderla que esa es otra historia) para poder realizar una valoración completa.
Alexuny
Discrepo. Se hacen muy bien "los desconocedores de tal o cual materia" cuando les interesa. Para agenciarse con las fotos (¿qué más da que sean parte de una obra de arte o no? Tienen autor, un trabajo, un tiempo, una dedicación, una vista del momento dedicados) si que no muestran desconocimiento.
Os recomiendo este hashtag de Twitter del que tuve conocimiento ayer, #sindelicadeza que va muy relacionado con el tema. Para más información, buscad en el blog 'Los Ojos de Ella'. Que también relata el caso de como un medio pesado (edición impresa del periódico ABC) "por desconocimiento" pillaron sus fotos sin pedir permiso siquiera (cosa que otras publicaciones sí hicieron, y lo relata el autor del blog) y las usaron con fin comercial (con licencia Creative Commons que no permitía ni uso para fines comerciales, ni obra derivada y siempre con atribución).
El caso es ese. Que siempre somos los buenos, los tontos, los descuidados o los malos "los que ellos digan".
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Al margen de esto y viendo la sinvergonzonería que hay, más se me confirma que no es bueno subir "casi todo" a "la nube". Y en el tema de fotos digitales/digitalizadas poquísimas subo a mi Flickr por ejemplo. Pero si algo me da que voy a hacer es que no subiré ninguna foto más a un tamaño mayor de 800 píxeles tanto de alto como de ancho, si no incluso de menos, 600 o así. Y mira que me gusta poder ver y disfrutar imágenes y fotos de gran tamaño... pero no me haría ni pizca de gracia que un medio/empresa profesional y la mar de espabilado haga lo que le salga de los cojones con una imagen mía que le mole, mientras que por otro lado critica demagógicamente esa postura, "la del todo gratis".
logoff
el problema es que los jueces han de decidir sobre temas de los que no tienen ni idea y la "redacción" de la leyes a veces da pena.
estoy muy de acuerdo con el artículo y con todo lo que se ha comentado. la fotografía está muy infravalorada. ¿qué hubiese pasado con un vídeo?
venzedor
La tecnologia y usos sociales van demasiado deprisa y las leyes y jueces demasiado lentos y acogiendose a la jurisprudencia pasada. Dentro de unos años se puede ver un autentico problema debido al desfase producido entre ambos circulos.
50081
Como lo mencionas... si es una fotografía cualquiera entonces porqué no simplemente reemplazarla?? Creo que esto de la interpretación es un verdadero problema... Qué pasa con la fotografía "lomo"??
soulreav3r
Deberia de tener el mismo derecho que una obra mas,pintada tallada o moldeada,dependera de cuanto se valore cada obra dentro de los margenes de los entendidos imagino,pero por alguna razon como dices,se tiende a menospreciar la fotografia aunque mas bien diria vulgarizarla hasta el punto de ser "una foto mas" o "yo tambien puedo hacer una foto igual"
Yo creo que mientras se siga dando mas valor al pelo de un cantante muerto,el culo de una actriz famosa o una foto borrosa de un cuentista haciendo topless este tipo de injusticias seguiran como estan.
No es justo a mi entender.
gorotechno
Aquí el problema va más encaminado al enfoque que se ha dado en el ámbito judicial al caso en concreto, por desgracia, la justicia es un juego de interpretaciones, donde una misma ley puede interpretarse según la exposición del caso. Así, si la exposición del caso por parte del abogado del fotógrafo ha errado en el planteamiento, al final, el juez dictamina a favor del demandado. No se a ciencia cierta cual ha sido el planteamiento y exposición de motivos, pero por lo que he leido aquí, se han centrado más en hacer ver que su trabajo es obra de arte (para así tener más protección) o no, mientras que realmente lo importante es el contrato que tuviera con la otra parte y a la que demanda. Si en el contrato no se especificaba bien el uso de esas fotos, y deja margen para que la empresa pueda seguir usándolas, no hay nada que hacer
raultinoco
Es que es todo muy relativo. Lo de los 25 años y 75 años no lo sabía. Es decir, ¿yo dentro de 25 años o 75 años, según estipule un juez, dejaré de tener derechos sobre mis propios trabajos fotográficos? He tenido experiencia suficiente como para no fiarme de los juzgados. Tienen las cosas claras y en botellas para todo el mundo, con pruebas que demuestran que es lo que es y al final te salen con algo que no es y que no pueden demostrar, por que no hay pruebas al respecto. Es un poco lioso, pero seguro que conociendo el mundoi de la fotografia la mayoria lo entenderéis. No sé si mis fotografias serán "Obras de Arte" como se estipula ahí, pero desde luego no son "mera fotografia". Creo que falta un termino medio, y desde luego tendrían que tener a varios fotografos especializados para decidir eso, una persona, un juez que no tiene ni idea de fotografia no puede estipular eso. http://magneto24es.deviantart.com
gorotechno
Nada, nada.... todos a hacer malas fotos y así nadie las querrá!! Yo ya lo hago, jeje... :p
pock
creo en los derechos de autor (aunque miles no creen en ellos) creo que no importa el soporte, el tiempo gastado, tu edad o estado de ebriedad o drogadiccion, si hiciste algo, simple es tuyo, salvo que en un contrato explicito le pongas copyleft, opensource, etc. A menos que hagas algo asi, tu obra tus derechos y deberían ser irrenunciables. segun lo que leo la ley esta mal creada, que es eso de originalidad? quien lo puede medir? si fuese por eso lo mas probable que la primera vez que toco Elvis o los Beatles un critico de arte de conservatorio lo hubiera detestado y quizas negado derechos de autor, pero hoy alguien lo haria? la fotografia no tiene porque tener trato diferente a la pintura, escultura, comic, graffitti, o alguna otra expresion que se invente. Aqui fallaron los que redactaor la Ley, y lamentablemente el Juez segun nos cuentas dio en favor de una empresa que ella seguira profitando de la obra de una persona que merece por lejos mas el dinero que dicha empresa, si le gusta la foto PAGUE, sino que se compre otra.
ariasdelhoyo
Yo creo que el problema radica en dos pilares. Uno, los jueces en muchas ocasiones opinan de temas de los que no saben y no se asesoran correctamente. Yo estoy en el ámbito de la informática y hay sentencias que te puedes tirar por el suelo.
El otro es que no tenemos muy claro, lo que es arte, artesanía, trabajo, cultura, son conceptos que se separan y unen según quien los explique. Por ejemplo, me hace mucha gracia que se critique la piratería de música o películas usando la palabra artistas y cultura. Los Mojinos Escozíos a mí, particularmente me hacen bastante gracia, pero ¿es arte, es cultura?. En cine, Torrente, ¿es arte, es cultura?. En la fotografía podemos decir lo mismo, ¿dónde están los límites de la mera fotografía, la fotografía de un profesional y la de un artista?. Es difícil. Vamos todos a París, hay millones de fotografías de la torre Eiffel hechas, la inmensa mayoría son meras fotografías hechas por aficionados, otras estarán hechas por profesionales con un cometido particular, aparecer en un folleto, en una web, y unas pocas las podremos considerar arte.
Estamos viviendo momentos convulsos donde el sistema económico, probablemente va a variar, y no tenemos ni idea por dónde va a tirar. La gente necesitamos seguir ganándonos el pan con el sudor de la frente, pero no sabemos cómo sudar. Mientras todo se aclara nos encontraremos con sentencias que nos pueden parecer absurdas, llamar arte a auténtica bazofia y gente con una verdadera vena artística que se quedará haciendo Bodas Bautizos y Comuniones. Vaya rollo que he soltado y no he llegado a ningún sitio.
gorotechno
Viendo el desconocimiento que existe para la mayoría de nosotros, respecto de los derechos y obligaciones de un fotógrafo, me permito el añadir el siguiente link: http://derechoynormas.blogspot.com/2008/07/gua-legal-breve-para-fotgrafos.html Para las mentes curiosas, ahí se explican muchas cosas.
astondo
Hola, No viene mucho a cuento, aunque un poco sí, y quizá alguien me sepa contestar. ¿Si pongo en flickr fotos con licecia CC no comercial, un blog, que tiene publicidad puede usar esa foto aunque me mencione? Es que no tengo mucha idea de esto Gracias Por cierto el juez, bajo mi punto de vista, no tiene derecho a decir que es o que no es una obra de arte por la sencilla razón de que no está formado para ello. Un saludo